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Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución
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TEMA: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución
#30958
Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 4 Meses Karma: 60
A la hora de comprar un vehículo es importante conocer que en determinados casos, como el tener una minusvalía, el cliente está exento de tener que pagar el Impuesto de matriculación, o puede tener derecho a una deducción a la mitad en el importe para las familias numerosas o una reducción del 30% en el caso de las autocaravanas. Indicamos todos los casos que se incluirían dentro de la exención, deducción o devolución del Impuesto de matriculación para que pueda conocer si se encuentra dentro de alguno de estos supuestos:

- www.preguntasfrecuentes.net/2009/12/01/i...uccion-y-devolucion/

Salu2.
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#30959
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 4 Meses Karma: 20
Comentario enviado por manuel gracia:

me gustaria saber que modelo he de presentar para matricular un vehiculo exento de matricular ya que no necesita carnet de conducir y es llamado como ciclomotor. Gracias.
Saludos,
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#30960
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 4 Meses Karma: 43
Buenas tardes Manuel.

De la matriculación del ciclomotor que te compres debe encargarse el concesionario que te lo venda.
Podrías hacerlo tú, pero cada vez están complicando más los trámites (el impuesto de matriculación ahora se presenta de forma telemática en casi todas las provincias) y no merece la pena.

Aunque sea un vehículo que no necesite carnet de conducir debe ser matriculado en Tráfico para poder circular con él. Otro tema es que no pague Impuesto de matriculación y el motivo.
Creemos que es el modelo 06 el que hay que presentar en tu caso, pero tendrías que confirmarlo con la Agencia Tributaria antes de nada. Te facilitamos su telf:

AEAT – Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

En cualquier caso, es bastante jaleo y merece la pena pagar las tasas de matriculación que te cobre el concesionario y quitarte quebarderos de cabeza..

Salu2!

manuel gracia:
me gustaria saber que modelo he de presentar para matricular un vehiculo exento de matricular ya que no necesita carnet de conducir y es llamado como ciclomotor. Gracias.
Saludos,
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#30961
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por SALVA:

TENGO UNA EMBARCACION EN 4ª LISTA NO PAGUE EL IMPUESTO AL ENTRAR EN CANARIAS, PENSE QUE ESTABA EXENTO POR SER NUEVA EMPRESA, HASTA AHORA DESPUES DE 4 AÑOS NO VINIERON POR MI. QUIERO PASARLO A LISTA 6ª, ME PUEDE PEDIR EL CERTIFICADO DE HACIENDA?
anonimo
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#30962
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 3 Meses Karma: 43
Según la Ley de Impuestos Especiales, estarán exentas del pago de dicho impuesto:

- Las embarcaciones y los buques de recreo o de deportes náuticos cuya eslora máxima no exceda de quince metros, que se afecten efectiva y exclusivamente al ejercicio de actividades de alquiler.

- Las embarcaciones que por su configuración solamente puedan ser impulsadas a remo o pala, así como los veleros de categoría olímpica.

Y por el contrario, estarán sujetas a dicho impuesto:

- La primera matriculación de embarcaciones y buques de recreo o de deportes náuticos, nuevos o usados, que tengan más de ocho metros de eslora, en el registro de matrícula de buques, ordinario o especial o, en caso de no ser inscribibles en dicho registro, la primera matriculación en el registro de la correspondiente Federación deportiva.

#Tienen la consideración de embarcaciones y buques de recreo o de deportes náuticos:

1.Las embarcaciones que se inscriban en las listas sexta o séptima del registro de matrícula de buques, ordinario o especial o, en su caso, en el registro de la correspondiente Federación deportiva.
2.Las embarcaciones distintas de las citadas en el párrafo 1 anterior que se destinen a la navegación privada de recreo.

------------

Para otro tipos de vehículos, aunque no viene indicado para el caso de las embarcaciones, sí que se indica que:

- Cuando la matriculación se produzca en Canarias, se presumirá la afectación significativa a una actividad económica cuando no resulten aplicables a las cuotas soportadas del Impuesto General Indirecto Canario en la adquisición o importación del vehículo las exclusiones y restricciones del derecho a deducir previstas en el artículo 30 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, sin que a estos efectos sea relevante la aplicación de cualquier otra restricción en el derecho a la deducción derivada de las normas contenidas en dicha Ley.


Así que te aconsejamos que antes de hacer el cambio, consultes con un asesor fiscal para que te lo confirme, o con la propia Agencia Tributaria:

AEAT - Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345

Salu2

SALVA:
TENGO UNA EMBARCACION EN 4ª LISTA NO PAGUE EL IMPUESTO AL ENTRAR EN CANARIAS, PENSE QUE ESTABA EXENTO POR SER NUEVA EMPRESA, HASTA AHORA DESPUES DE 4 AÑOS NO VINIERON POR MI. QUIERO PASARLO A LISTA 6ª, ME PUEDE PEDIR EL CERTIFICADO DE HACIENDA?
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#30963
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Daniel:

Buenos dias. Me gustaria saber, en el caso de comprar una furgoneta vivienda nueva(es decir ya figura como tal de fabrica), y teniendo una minusvalia reconocida del 51%, tendria exencion total del impuesto de primera matriculacion, ó se me aplicaria unicamente la reduccion del 33%.
Gracias de antemano.
anonimo
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#30964
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 2 Meses Karma: 43
Hola Daniel.

Teniendo Certificado de minusvalía superior al 33% estás exento por completo del pago del Impuesto de matriculación.

Si además tuvieras certificada la Movilidad Reducida te podrían aplicar el IVA reducido al 4%

Salu2!

Daniel:
Buenos dias. Me gustaria saber, en el caso de comprar una furgoneta vivienda nueva(es decir ya figura como tal de fabrica), y teniendo una minusvalia reconocida del 51%, tendria exencion total del impuesto de primera matriculacion, ó se me aplicaria unicamente la reduccion del 33%.
Gracias de antemano.
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#30965
RE: Impuesto de matriculación: exención, deducción y devolución hace 13 Años, 2 Meses Karma: 20
Comentario enviado por eduardo ramos:

hola mi consulta es quiero estoy montando una empresa de turismo activo e comprado 4 buggy de 500cc quisiera saber
el precio de matriculacion en extremadura y si estan exentos por que van a funcionar de alquiler.
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