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Créditos rápidos: dinero ‘fácil’ con elevados costes para el consumidor
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TEMA: Créditos rápidos: dinero ‘fácil’ con elevados costes para el consumidor
#129369
Créditos rápidos: dinero ‘fácil’ con elevados costes para el consumidor hace 9 Años, 7 Meses Karma: 0
Las compañías de créditos rápidos se presentan ante el consumidor como alternativa para conseguir dinero fácil, rápido y sin avales. Empresas como Vivus, Ferratum, Wonga, Kredito 24, etc, ofrecen la posibilidad de contratar por cualquier medio (teléfono, sms, Internet…) préstamos de pequeñas cantidades a consumidores mayores de edad sin pedir explicaciones. Son empresas que ofrecen cantidades no más grandes de 1.000 euros, con periodos de devolución cortos (unos 30 días) y con unos intereses muy elevados. En caso de retraso, los intereses de demora pueden llegar a ser tan altos que rayan la usura.

Las empresas de microcréditos se rigen por dos regulaciones según las características de cada compañía. Las entidades de crédito, entre las que se encuentra Cofidis, están bajo supervisión del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). En el caso de las empresas de capital privado, se rigen por las autoridades de Consumo puesto que están inscritas en el Registro Mercantil y están bajo la Ley 22/2007. En cuanto al interés, se aplica la Ley Azcárate, por el que se considera usuario cualquier tipo de de interés superior al normal del dinero y no establece una cuantía fija.

Este tipo de productos no son recomendables por los altísimos costes que esconde su publicidad, debido a que un retraso en la devolución del préstamo supone un aumento de los intereses y los costes a pagar que pueden duplicar la cantidad a devolver. En caso de que el consumidor tenga problemas de liquidez o tenga una deuda con estas compañías, puede pasarse por una sede de ADICAE donde encontrará asesoramiento e información, además de poder realizar la reclamación oportuna. Para poner una reclamación, el consumidor debe seguir estos pasos:

    Si se trata de una entidad de crédito, debe dirigir su reclamación por escrito al Servicio de Atención al cliente de la compañía. La reclamación debe recibir respuesta en un plazo máximo de dos meses. En caso de no obtener respuesta, o que ésta no satisfaga al consumidor, podrá dirigirla al Banco de España.

    Si la compañía es una empresa de capital privado, la reclamación tendrá que dirigirse primero al Servicio de Atención al cliente y después, si no ha obtenido respuesta o ésta no es satisfactoria, a las autoridades de Consumo.


Más información: blog.adicae.net/reclama-tus-derechos/201...-para-el-consumidor/
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#134237
Re: Créditos rápidos: dinero ‘fácil’ con elevados costes para el consumidor hace 9 Años, 5 Meses Karma: 0
He estado leyendo bastante, buscando información sobre este tipo de créditos, aunque en mi caso es bastante complicado,puesto que estoy en el ASNEF por casi 500 euros, así que no tengo muchas salidas para solicitar un pequeño préstamo, en este artículo exponen que los intereses pueden llegar a ser del 24% como mínimo en los minicreditos para personas con asnef,pero que si no se devuelve el dinero en su fecha, los recargos e intereses por demora pueden llegar a superar el 1000% del capital solicitado, no se si eso es cierto, pero la ley les permite hacer eso?, realmente no lo entiendo, y estoy en la duda de si solicitar uno o no, a lo mejor me complico más la vida...
joselp1972
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#134303
Re: Créditos rápidos: dinero ‘fácil’ con elevados costes para el consumidor hace 9 Años, 4 Meses Karma: 0
joselp1972 escribió:
He estado leyendo bastante, buscando información sobre este tipo de créditos, aunque en mi caso es bastante complicado,puesto que estoy en el ASNEF por casi 500 euros, así que no tengo muchas salidas para solicitar un pequeño préstamo, en este artículo exponen que los intereses pueden llegar a ser del 24% como mínimo en los minicreditos para personas con asnef,pero que si no se devuelve el dinero en su fecha, los recargos e intereses por demora pueden llegar a superar el 1000% del capital solicitado, no se si eso es cierto, pero la ley les permite hacer eso?, realmente no lo entiendo, y estoy en la duda de si solicitar uno o no, a lo mejor me complico más la vida...

Este tipo de créditos tienen unos intereses de demora muy altos, así que hay que se recomienda estar muy seguro de que se va a poder devolver el dinero en el plazo estipulado antes de contratarlo, porque sino la deuda puede crecer y ahogar al consumidor.

La Ley de Usura de 1908, que es la que rige actualmente, recoge los derechos con los que cuenta los consumidores en casos donde los intereses sean desproporcionados con la cantidad prestada. El Artículo 1 de esta ley dice “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.

En ADICAE estamos realizando un estudio sobre créditos rápidos que se publicará a lo largo de este mes.
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