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Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61
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TEMA: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61
#136733
Re: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 hace 9 Años, 3 Meses Karma: 0
Buenas, mi caso es el siguiente: 55 años, a dia de hoy 38.5 años cotizados, en prestacion de desempleo por despido segun Art. 52 c.

Viendo que las expectativas de encontrar un nuevo empleo son remotas me planteo el peor de los escenarios posibles, esto es agotar prestación por desempleo y despues solicitar el subsidio para mayores de 55 años. Ahora bien, se da el caso que al cumplir los 61 años y dado que ya reunire los requisitos para primera edad de jubilación dejaran de prestarme la ayuda y logicamente de cotizar por mi, aunque sea por la base minima. El problema es que para entonces tendre cotizados 44.3 años, con lo cual me quedo a unos 2 ó 3 meses de llegar al máximo de cara a reducir los coeficientes reductores (hoy en dia son 44.5 años de cotización) con lo cual mi pensión se vera mermada en un 2% más.

Mi pregunta es: podria pagarme un convenio especial durante esos 3 meses para, asi, poder evitar ese 2% más de penalización ó por el hecho de firmar el convenio por ese lapso de tiempo perderia mi condición de poder jubilarme a los 61.3 años, no se si me he explicado con claridad.
El caso es que comente mi caso a un funcionario del Sepe y me comento que no habria problema, pero tengo mis dudas, y más porque cuando intento introducir este supuesto en el programa de autocalculo de jubilación que tengo cargado en mi supuesto del ordenador no me admite el poder jubilarme a los 61 si le añado esos 3 meses con convenio especial, no obstante si no se los pongo si lo admite.
Alguien puede darme un poco de luz??
Evidentemente estamos hablando tal cual esta la legislación a dia de hoy, que doy por hecho que es susceptible de ser modificada en cualquier momento, y no precisamente para mejorar.
Gracias de antemano y perdón por el tocho, espero que le sirva de ayuda a alguien más. Saludos.
Adam
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#136734
Re: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 hace 9 Años, 3 Meses Karma: 0
Adam escribió:
Buenas, mi caso es el siguiente: 55 años, a dia de hoy 38.5 años cotizados, en prestacion de desempleo por despido segun Art. 52 c.

Viendo que las expectativas de encontrar un nuevo empleo son remotas me planteo el peor de los escenarios posibles, esto es agotar prestación por desempleo y despues solicitar el subsidio para mayores de 55 años. Ahora bien, se da el caso que al cumplir los 61 años y dado que ya reunire los requisitos para primera edad de jubilación dejaran de prestarme la ayuda y logicamente de cotizar por mi, aunque sea por la base minima. El problema es que para entonces tendre cotizados 44.3 años, con lo cual me quedo a unos 2 ó 3 meses de llegar al máximo de cara a reducir los coeficientes reductores (hoy en dia son 44.5 años de cotización) con lo cual mi pensión se vera mermada en un 2% más.

Mi pregunta es: podria pagarme un convenio especial durante esos 3 meses para, asi, poder evitar ese 2% más de penalización ó por el hecho de firmar el convenio por ese lapso de tiempo perderia mi condición de poder jubilarme a los 61.3 años, no se si me he explicado con claridad.
El caso es que comente mi caso a un funcionario del Sepe y me comento que no habria problema, pero tengo mis dudas, y más porque cuando intento introducir este supuesto en el programa de autocalculo de jubilación que tengo cargado en mi supuesto del ordenador no me admite el poder jubilarme a los 61 si le añado esos 3 meses con convenio especial, no obstante si no se los pongo si lo admite.
Alguien puede darme un poco de luz??
Evidentemente estamos hablando tal cual esta la legislación a dia de hoy, que doy por hecho que es susceptible de ser modificada en cualquier momento, y no precisamente para mejorar.
Gracias de antemano y perdón por el tocho, espero que le sirva de ayuda a alguien más. Saludos.



Se me olvido decir que mi despido se hizo efectivo desde el 30/11/2014. Gracias de nuevo.
Adam
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#136774
Re: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 hace 9 Años, 3 Meses Karma: 30
Adam escribió:
Adam escribió:
Buenas, mi caso es el siguiente: 55 años, a dia de hoy 38.5 años cotizados, en prestacion de desempleo por despido segun Art. 52 c.

Viendo que las expectativas de encontrar un nuevo empleo son remotas me planteo el peor de los escenarios posibles, esto es agotar prestación por desempleo y despues solicitar el subsidio para mayores de 55 años. Ahora bien, se da el caso que al cumplir los 61 años y dado que ya reunire los requisitos para primera edad de jubilación dejaran de prestarme la ayuda y logicamente de cotizar por mi, aunque sea por la base minima. El problema es que para entonces tendre cotizados 44.3 años, con lo cual me quedo a unos 2 ó 3 meses de llegar al máximo de cara a reducir los coeficientes reductores (hoy en dia son 44.5 años de cotización) con lo cual mi pensión se vera mermada en un 2% más.

Mi pregunta es: podria pagarme un convenio especial durante esos 3 meses para, asi, poder evitar ese 2% más de penalización ó por el hecho de firmar el convenio por ese lapso de tiempo perderia mi condición de poder jubilarme a los 61.3 años, no se si me he explicado con claridad.
El caso es que comente mi caso a un funcionario del Sepe y me comento que no habria problema, pero tengo mis dudas, y más porque cuando intento introducir este supuesto en el programa de autocalculo de jubilación que tengo cargado en mi supuesto del ordenador no me admite el poder jubilarme a los 61 si le añado esos 3 meses con convenio especial, no obstante si no se los pongo si lo admite.
Alguien puede darme un poco de luz??
Evidentemente estamos hablando tal cual esta la legislación a dia de hoy, que doy por hecho que es susceptible de ser modificada en cualquier momento, y no precisamente para mejorar.
Gracias de antemano y perdón por el tocho, espero que le sirva de ayuda a alguien más. Saludos.



Se me olvido decir que mi despido se hizo efectivo desde el 30/11/2014. Gracias de nuevo.


1. Te aplican la nueva ley por perder el empleo después de abril de 2013.

2. Puedes acogerte a un convenio, nadie te obliga a jubilarte. Tan sólo que cuando tienes derecho a una pensión contributiva te quitan el subsidio.

3. Hubo polémitica sobre el tema de convenio y la jubilación a los 61. Leete:

- www.preguntasfrecuentes.net/2014/09/04/l...larse-a-los-61-anos/

Lo más probable es que aún no haya actualizado el programa de autocalculo.

Salu2.
asepro
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#136805
Re: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 hace 9 Años, 3 Meses Karma: 0
Gracias por responder, espero que sea tal como usted dice, salvo cambios posteriores, claro esta.

Un saludo.
Adam
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#136919
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por maria:

Soy trabajadora en activo, en marzo de 2015 me van a despedir (despido objetivo)tengo 40 años cotizados en la seguridad social ,tengo Dos años de paro.Mi pregunta es ¿me podre acoger a la jubilación anticipada a los 61 años

Gracias por su respuesta
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#136952
RE: Los parados con convenio especial con la S.S. VUELVEN A PODER jubilarse a los 61 años hace 9 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por cuenca:

maria:
Si no vuelves a estar de alta como trabajadora en activo (por cuenta ajena o propia) tras el despido, y en la carta de éste se explicita que es por el art 51 0 52c) del E.T. y aportas la documentación de la transferencia de la indemnización correspondiente, podrás acogerte a la jubilación anticipada "forzosa" que es 4 años antes de la edad de jubilación ordinaria (que depende de los años cotizados y del año del Hecho Causante, es decir, del año en el que la solicites, pues hay un periodo transitorio de aplicación de la "ley nueva" (RDL 5/2013)). En la web de la SS encontrarás las tablas de aplicación del periodo transitorio. Saludos

maria:
Soy trabajadora en activo, en marzo de 2015 me van a despedir (despido objetivo)tengo 40 años cotizados en la seguridad social ,tengo Dos años de paro.Mi pregunta es ¿me podre acoger a la jubilación anticipada a los 61 años

Gracias por su respuesta
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#137161
RE: Reforma pensiones 2013 entra en vigor con nuevas reglas para la jubilacion anticipada hace 9 Años, 3 Meses Karma: 20
Comentario enviado por ignacio:

Hola tengo 56 años y 29 cotizados. Y cobrando la ayuda de los 52 años .
Cuando temga 61 años llevare cotizados 34 añoos. La pregunta es .me podre jubilar
A los 61 o tengo que esperar? Graciad
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#137249
RE: Reforma pensiones 2013 entra en vigor con nuevas reglas para la jubilacion anticipada hace 9 Años, 3 Meses Karma: 60
Te puedes jubilar a los 61.

Además te indico que te acoges a la anterior ley, ya que todo apunta que has perdido el empleo antes de abril de 2013.

ignacio:
Hola tengo 56 años y 29 cotizados. Y cobrando la ayuda de los 52 años .
Cuando temga 61 años llevare cotizados 34 añoos. La pregunta es .me podre jubilar
A los 61 o tengo que esperar? Graciad
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